Cómo retirar el 10% de la AFP

Debido a la pandemia y la grave crisis económica, se va a permitir el retiro de manera extraordinaria de un 10% de los fondos de la Cuenta de Capitalización de la AFP, para aquellas personas que tengan fondos disponible, con un tope máximo de 150UF y un mínimo de 35UF. Está disponible desde el 30 de julio de 2020, fecha de publicación de la Ley 21.248 en el Diario Oficial.

Este beneficio estará disponible por un año, por lo que se sugiere que aquellas personas que no tienen una gran necesidad de retirar los fondos, lo hagan mas adelante para dar prioridad a aquellas personas que si tienen una real urgencia.

El trámite se puede hacer en línea a través de las páginas web de cada AFP, en donde deben realizar la solicitud para retirar los fondos. En esta solicitud se debe ingresar además la forma de recibir los dineros, ya sea depositándolo en la Cuenta 2 de la AFP, una transferencia electrónica a alguna institución bancaria del titular de la cuenta, o mediante vale vista que debe retirarse de manera presencial.

Si la solicitud es aprobada, el pago se realizará en dos cuotas, una en diez día hábiles máximo (dos semanas) por el 50% del monto solicitado y un monto máximo de 75UF, y la segunda en treinta días hábiles máximo (seis semanas) por el otro 50% y un máximo de 75UF.

Información a Considerar

En el caso de que un cotizante tenga menos de 35UF en su fondo de pensiones, se le permitirá retirar hasta el 100% de sus fondos.

Se pueden hacer retiros parciales menores al monto máximo, y realizar nuevos retiros hasta completar el monto máximo, dentro de los 365 días que lo permite la ley.

El plazo para hacer la solicitud son 365 días desde la fecha de publicación en el Diario Oficial, independiente de que el pago sobrepase dicha fecha.

Los dineros retirados no constituyen renta o remuneración para efectos legales, tampoco estarán afectos a comisión o descuentos por parte de las administradoras o instituciones financieras. Los fondos retirados no serán para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, por parte de entidades financieras o cualquier otra, así como tampoco afectos a impuestos, salvo las excepciones de pensión alimenticia y compensación por divorcio.

Hay que tener en cuenta que hacer este retiro van a afectar los fondos de pensiones de las personas, y, por lo tanto, el monto con el cual se van a pensionar.

Calculadora

Hemos creado una calculadora para tener una idea del monto máximo que podrás retirar, según el dinero que tengas ahorrado en la AFP

Calculadora 10%

Fuente: Superintendencia de Pensiones Ley 21.248 en Diario Oficial